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Uruguay
Canales privados cuestionan los alcances del proyecto de ley de medios

Para los canales privados la ley de medios que impulsa en el Poder Ejecutivo y que se encuentra para ser tratado por el parlamento, viola derechos constitucionales como la libertad de expresión e información, libertad de trabajo y empresa e igualdad ante la ley.

Según en el documento que en forma conjunto enviaron al parlamento sostiene que diecisiete de los artículos que se incluyen en el proyecto son anticonstitucionales.

Entre sus consideraciones expresan que el artículo 32, que limita la emisión de publicidad no tradicional en los programas infantiles, atenta contra la libertad de expresión y contiene "criterios imprecisos, intrincados y subjetivos".

También cuestionan el artículo que impone el 60% de la programación total emitida por cada servicio debe ser de producción y/o coproducción nacional, sin contar la publicidad y que los servicios de televisión para abonados deben incluir como mínimo una señal de producción local en su grilla básica.

"El porcentaje de producción nacional que se exige, que llega al 60% en el caso de la televisión abierta y también de las señales propias de los cables (que responden a otra realidad comercial, sin publicidad, por lo que serán totalmente inviables a partir de esta exigencia), así como al 30% en el caso de las radios, no solo supone una afectación a la libertad de programación y de empresa, sino que condiciona eventualmente la calidad de los servicios que tienen derecho a exigir los espectadores y determina un subsidio que las empresas privadas soportarán indebidamente".

Además sostiene que se viola la libertad e independencia de los medios por medio de "múltiples y excesivas obligaciones".

Al analizar el artículo 86, evalúan que para los servicios de televisión para abonados "habilitar gratuitamente mecanismos cifrados de acceso para posibilitar el control parental de todas las señales internacionales, lo que obliga indirectamente a la digitalización de todos los cables a partir de una inversión millonaria en dólares".

Agregan que otra violación a la libertad de empresa, está en que las empresas privadas deberán permitir el uso gratuito de hasta 15 minutos para realizar campañas de bien público y brindar espacios gratuitos para publicidad electoral (artículos 87 y 134), así como deben limitar la tanda a 15 minutos y tamaño de sobreimpresos (artículo 131).


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24 de julio, 2013